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Menor inmigrante especial (SIJ) 

El Estatus Especial de Inmigrante Menor (SIJS) puede ofrecer a los jóvenes una vía para solicitar la tarjeta de residencia si han sido abandonados, desatendidos o maltratados por uno de sus padres. Este estatus está disponible para personas menores de 21 años y solteras. Los requisitos son los siguientes:

Debe ser menor de 21 años y soltero, y un tribunal de familia debe determinar que no puede vivir con uno o ambos progenitores porque ha sido abandonado, desatendido o maltratado.

El Tribunal de Familia también debe determinar que no redundaría en su interés superior que fuera devuelto a su país.

Si no estás seguro de si lo que te ha ocurrido constituye abandono, negligencia o maltrato, deberías llamar a nuestro bufete de abogados para comprobar si cumples los requisitos.

Preguntas y respuestas sobre el estatus especial de inmigrante menor (SIJS)

P1: ¿Qué es el «Estatus de menor inmigrante especial» y quién puede optar a él?

El «Estatus Especial de Inmigrante Menor» es, básicamente, una forma de que los menores que han sufrido maltrato por parte de sus padres obtengan un estatus legal en EE. UU. Para poder optar a él, debes ser menor de 21 años y soltero. También hay que demostrar que uno de tus padres o ambos te han maltratado, descuidado o abandonado, y que volver a tu país de origen no sería seguro ni beneficioso para ti. Un tribunal de menores debe dar su visto bueno a todo esto y plasmarlo por escrito. Todo este proceso está diseñado para proteger a los menores vulnerables que no pueden volver a casa de forma segura.

P2: ¿Cómo se consigue la resolución judicial necesaria para el SIJS?

En primer lugar, tienes que entrar en contacto de alguna forma con un tribunal de menores estatal; esto podría ser a través de un programa de acogida, un caso de tutela o un procedimiento de custodia. A continuación, el juez debe emitir unas conclusiones oficiales sobre tu situación. Debe constatar que estás bajo la tutela del tribunal o que has sido asignado a una agencia estatal o a un tutor, que no puedes reunirte con uno o ambos progenitores debido a maltrato, negligencia o abandono, y que volver a tu país de origen no redunda en tu interés superior. Una vez que el juez haya recogido todo eso en una resolución judicial, podrás utilizarla para presentar tu solicitud de SIJS ante las autoridades de inmigración.

P3: ¿Se puede acabar obteniendo la tarjeta verde y la ciudadanía a través del SIJS?

Por supuesto. De hecho, el SIJS es una vía para obtener la tarjeta verde. Una vez que el Servicio de Inmigración apruebe tu solicitud inicial, podrás solicitar el ajuste de estatus y convertirte en residente permanente. Cuando hayas tenido la tarjeta verde durante unos cinco años y cumplas los demás requisitos, podrás solicitar la ciudadanía estadounidense. Sin embargo, hay algo importante que debes saber: más adelante, no podrás patrocinar al progenitor o a los progenitores cuyo maltrato o negligencia fueron la razón por la que obtuviste el SIJS en primer lugar. Pero sí podrás presentar una solicitud para otros miembros de la familia más adelante.

P4: ¿Qué ocurre si necesitas viajar mientras tu caso de SIJS está pendiente?

Esto es complicado y debes tener mucho cuidado. Si sales del país mientras tu solicitud está pendiente, las autoridades de inmigración podrían considerar que has abandonado tu caso. Además, si llegaste a EE. UU. sin la documentación adecuada o tienes otros problemas de inmigración, salir del país podría hacer que te resultara muy difícil o imposible volver a entrar. Una vez que obtengas el «advance parole» (permiso especial para viajar) o te concedan la tarjeta de residencia, tendrás más opciones. Pero, sinceramente, lo mejor es consultar con un abogado especializado en inmigración antes de reservar cualquier viaje al extranjero durante el proceso.

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